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Ni diligente ni debida: La Directiva de la Unión Europea, una pseudo-regulación insuficiente

Ni diligente ni debida: La Directiva de la Unión Europea, una pseudo-regulación insuficiente
Campaña Global Campaña Global para Reivindicar la Soberanía de los Pueblos, Desmantelar el Poder Corporativo Poner Fin a la Impunidad
25 de abril de 2024

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Las prioridades de la acción exterior de la Unión Europea están marcadas: incrementar los fondos públicos para la guerra y reactivar la industria militar, continuar con el blindaje de la “Europa fortaleza” mediante la externalización de las fronteras, impulsar nuevos acuerdos de comercio e inversión para acceder a los bienes naturales esenciales para el desarrollo del capitalismo verde y digital. En este contexto, la agenda de la UE pasa por proteger los intereses de las grandes empresas transnacionales europeas y, al mismo tiempo, ofrecer una pseudorregulación sobre los efectos de sus operaciones que carece de efectividad real. En este último punto entra en juego la Directiva europea sobre diligencia debida, la cual se presenta como un instrumento para obligar a las transnacionales europeas a cumplir con los derechos humanos en sus negocios por todo el mundo. Esta normativa, después de cuatro años de tramitación, fue aprobada definitivamente el 24 de abril de 2024 por el Parlamento Europeo, y plantea más problemas que soluciones al asunto que dice enfrentar.

La debida diligencia es una sofisticación jurídica vaciada de contenidos eficaces

Para la Campaña Global para Reivindicar la Soberanía de los Pueblos, Desmantelar el Poder Corporativo y Poner Fin a la Impunidad, el texto de la directiva de la UE, cuyo armazón jurídico se ha construido alrededor de la noción de diligencia debida, es problemático en muchos aspectos. Consideramos que, al contrario de lo que pudiera parecer, se trata de una sofisticación jurídica que no permite avanzar de manera decidida en el establecimiento de mecanismos eficaces para poner fin a la impunidad de las empresas transnacionales, ni ofrecer un acceso efectivo a la justicia y reparaciones a las personas afectadas a lo largo de las cadenas de valor globales que controlan y de las que son los principales beneficiarios. Se trata de una directiva blanda, inofensiva, basada en la unilateralidad empresarial.